DERECHO MERCANTIL
Derecho Mercantil
Según Roberto goldschmidt, es un conjunto de normas de derecho privado que regula en nuestro país la realización de una serie de actos calificados por la ley como de comercio.
Es la rama del Derecho Privado que regula las operaciones jurídicas entre comerciantes y no comerciantes, el cual nace como Derecho especial y distinto del común el cual nace en la Edad Media, y es de origen consuetudinario.
Origen del Derecho Mercantil
El primer cuerpo de Derecho mercantil de que nos habla la historia, son las leyes marítimas de los Rhodios. Estas leyes que llegaron a formar un cuerpo de legislación reguladora del comercio marítimo, en el que ocupa el primer lugar tres siglos antes de Cristo en todo el Mediterráneo, por este motivo, esta legislación debió haber ejercido grande influencia sobre la de los demás pueblos marítimos y muy particularmente en el Derecho de los romanos, con quienes los rhodios cultivaron relaciones pacíficas, hasta que la isla fue reducida a provincia romana, sin embargo, fuera de los fragmentos que de esa legislación Rhodia existen en los monumentos del Derecho Romano, ningún otro documento se creó.
Sin embargo se dice que en Roma se encuentran documentos en el cual se puede reflejar la existencia de verdaderas Instituciones Mercantiles, como por ejemplo: la banca, las sociedades, también existen diferentes acciones, así como la ejercitoria, institutoria y recepticia entre otras.
Las Fuentes Formales del Derecho Mercantil
Artículo 8 del código de Comercio Venezolano: En los casos que no estén especialmente resueltos por este Código, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.
Este artículo quiere decir que si de presentarse dicha situación jurídica el cual dicha solución no esté expresa en esta ley, se aplicará lo establecido en el Código Civil Venezolano de manera pertinente.
Este artículo quiere decir que si de presentarse dicha situación jurídica el cual dicha solución no esté expresa en esta ley, se aplicará lo establecido en el Código Civil Venezolano de manera pertinente.
Artículo 9°del Código de Comercio Venezolano: Las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República o en una determinada localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo que apreciarán prudencialmente los Jueces de Comercio.
En este artículo se puede reflejar que cuando se proceda de manera omisa a la circunstancia o a la situación que se presente, es a través de la costumbre que se puede "solventar" o en su defecto tomar dichos lineamientos para así en conjunto con la jurisprudencia se llegue a un acuerdo.
En este artículo se puede reflejar que cuando se proceda de manera omisa a la circunstancia o a la situación que se presente, es a través de la costumbre que se puede "solventar" o en su defecto tomar dichos lineamientos para así en conjunto con la jurisprudencia se llegue a un acuerdo.
1 La Ley (Código de Comercio. Ley de mercado de capitales).
2 La Costumbre Mercantil.3 La Jurisprudencia.
especial, constituye un sistema de normas que se contrapone al derecho civil -derecho general o común-. El derecho civil regula las relaciones jurídicas privadas en general, mientras que el derecho mercantil reglamenta una categoría particular de relaciones, personas o cosas.
La compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles hecha con ánimo de revenderlas, permutarlas, arrendarlas o subarrendarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.
Sujeto: El comerciante.
El Derecho Mercantil tiene tres objetos de regulación, llamados:
Teoría Subjetivo: es el que se refiere a la persona que lleva la calidad de comerciante y
Teoría Mixta: es la que se basa en la combinación de las nociones de comerciantes y los actos de comercio, es decir toma en cuenta la participación del comerciante en el ejercicio de comercio y al mismo acepta que ciertos actos de comercio son realizados por no comerciantes.
Clasificación
Acto de Comercio en sentido Absoluto: Son los de cuya naturaleza comercial está implícita en el acto. Ejemplo: Compraventa.
2 La Costumbre Mercantil.3 La Jurisprudencia.
especial, constituye un sistema de normas que se contrapone al derecho civil -derecho general o común-. El derecho civil regula las relaciones jurídicas privadas en general, mientras que el derecho mercantil reglamenta una categoría particular de relaciones, personas o cosas.
La compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles hecha con ánimo de revenderlas, permutarlas, arrendarlas o subarrendarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.
Sujeto: El comerciante.
El Derecho Mercantil tiene tres objetos de regulación, llamados:
Teoría Subjetivo: es el que se refiere a la persona que lleva la calidad de comerciante y
Teoría Mixta: es la que se basa en la combinación de las nociones de comerciantes y los actos de comercio, es decir toma en cuenta la participación del comerciante en el ejercicio de comercio y al mismo acepta que ciertos actos de comercio son realizados por no comerciantes.
Clasificación
Acto de Comercio en sentido Absoluto: Son los de cuya naturaleza comercial está implícita en el acto. Ejemplo: Compraventa.
El hecho de utilizar títulos de crédito o papeles de comercio (cheques o pagarés) en una negociación, convierte a ésta en un acto de comercio, aún cuando las partes intervinientes no sean comerciantes.
Dentro del derecho privado, el derecho mercantil es, frente al civil, un derecho y se dice que es autónomo ya que no depende de ninguna otra disciplina jurídica, ese tiene su propio sistema normativo, jurisprudencia y doctrina.
La Ley es el conjunto de principios normativos de que regula la materia comercial, ya que está representada por el Código de Comercio la cual es la ley por excelencia conforme a su artículo 1. En cuanto a la costumbre Mercantil es la segunda fuente del Derecho Mercantil, su importancia se inclina hacia el origen de mismo con el objetivo de interpretar la voluntad o para cumplir el silencio u omisión de la Ley. La jurisprudencia son decisiones tomadas por un juez, el cual se aplica en situación o casos con lagunas jurídicas, para solventar o tomar una decisión concreta.
Objeto: La actividad comercial.
Causa:La finalidad de lucro ("Especulación del Comerciante")
Son aquellos que tienen carácter mercantil por su propia índole e independientemente de la persona que los realice.
"En el articulo 2 del Código de Comercio define que es un acto de comercio según el legislador venezolano, y luego establecen cuales son actos de comercio objetivos que se indican en los números 17 al 22, fueron exceptuados por la entrada en vigencia de la Ley de Comercio Marítimo, a estos actos se les denomina actos de comercio objetivos, por que están establecidos en el C.Co bastándose a si mismos, sin tener que recurrir a otros elementos de juicio para poder determinarlos, es decir no aceptan prueba en contrario y por que toma en cuenta la sola naturaleza del acto, que es dada por el citado articulo y por quienes interviene en él".
https://legislacionmercantilven.wordpress.com/2015/06/30/clasificacion-de-los-actos-de-comercio/
Aparte de la clasificación anterior, existen Actos de Comercio Bilaterales y Unilaterales. Estas dos acepciones se han considerado, generalmente, para determinar los Contratos Unilaterales y Bilaterales y sus respectivas consecuencias jurídicas, en cuanto a las obligaciones de las partes. El Contrato es Unilateral, cuando una sola parte se obliga; y Bilateral, cuando se obligan recíprocamente (Art. 1134 CC).
Se puede decir que los Actos de Comercio no solamente son meras operaciones mercantiles, sino obligaciones y contratos mercantiles. En este sentido, es posible su clasificación, en Unilateral, cuando una sola parte del Acto de comercio se obliga; y Bilateral, cuando las partes se obligan recíprocamente.
Atendiendo la intención de las partes: La permuta, el mandato comercial etc, son actos que se llevan a cabo con el fin de revenderlas con un fines de lucros.


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